¿Quién tiene derecho al auxilio por defunción?

El auxilio por defunción es una ayuda económica que busca aliviar los gastos inmediatos que surgen tras el fallecimiento de una persona. Cubre total o parcialmente los costes funerarios, el traslado del cuerpo y otros gastos relacionados con el sepelio.
En España, esta prestación puede gestionarse a través de la Seguridad Social, siempre que se cumplan ciertos requisitos. También puede estar incluida dentro de una póliza de seguro de decesos, que amplía la cobertura con asistencia jurídica, gestión documental y apoyo a la familia.
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¿Qué es el auxilio por defunción?
El auxilio por defunción es una prestación económica única que se otorga a quien haya asumido los gastos del funeral. El objetivo es reembolsar parte del coste del sepelio y proporcionar apoyo económico a los familiares del fallecido.
Esta ayuda puede recibirse tanto si el fallecido era trabajador en activo como si era pensionista, siempre que estuviera afiliado y cotizando al sistema de la Seguridad Social.
¿Quién puede cobrar el auxilio por defunción?
Pueden solicitar el auxilio las personas que acrediten haber pagado los gastos del sepelio. El orden de preferencia para cobrarlo es el siguiente:
- El cónyuge o pareja de hecho del fallecido.
- Los hijos o descendientes directos.
- Los padres o ascendientes.
- Otros familiares o personas que hayan abonado los gastos del funeral, siempre que lo demuestren mediante facturas o justificantes.
El beneficiario debe presentar documentación que acredite la relación con el fallecido y los pagos efectuados al tanatorio o empresa funeraria.
¿Cuánto se cobra por el auxilio de defunción?
La cantidad es fija y única, determinada por la Seguridad Social. A fecha de 2025, el importe del auxilio por defunción en España es de 46,50 euros (según la base reguladora establecida en el artículo 216 del Real Decreto Legislativo 8/2015).
Aunque se trata de una cifra simbólica, muchas familias optan por contratar un seguro de decesos, ya que cubre todos los gastos reales del funeral, que pueden superar los 3.000 euros según la OCU.
¿Qué diferencia hay entre auxilio por defunción y subsidio por sepelio?
Aunque ambos términos suelen confundirse, no son exactamente iguales:
| Concepto | Auxilio por defunción | Subsidio por sepelio o luto |
|---|---|---|
| Finalidad | Ayuda económica puntual por fallecimiento. | Prestación adicional en ciertos regímenes de funcionarios o convenios. |
| Beneficiario | Persona que pagó los gastos del funeral. | Familiares directos (cónyuge, hijos, padres). |
| Gestión | Seguridad Social o entidad aseguradora. | Mutualidades o regímenes laborales específicos. |
| Cuantía | Fija (46,50 € aprox.) | Variable, según convenio o régimen. |
¿Cómo solicitar el auxilio por defunción?
Para solicitar esta prestación ante la Seguridad Social, sigue estos pasos:
-
Reúne la documentación necesaria:
- Certificado de defunción.
- DNI del fallecido y del solicitante.
- Factura original de los gastos funerarios (a nombre del solicitante).
- Justificante de pago.
- Libro de familia o documento que acredite el parentesco.
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Rellena el formulario oficial: Se descarga desde la Sede Electrónica de la Seguridad Social (“Solicitud de prestaciones de auxilio por defunción”).
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Presenta la solicitud:
- De forma presencial, en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).
- O telemáticamente, con certificado digital o Cl@ve PIN.
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Plazo de solicitud: Hasta 5 años después del fallecimiento, aunque se recomienda hacerlo lo antes posible.
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Pago: Una vez aprobada la solicitud, la ayuda se abona en una única vez en la cuenta bancaria indicada por el solicitante.
¿Cuánto cuesta un funeral sin seguro?
El precio medio de un sepelio en España se sitúa entre 3.500 y 4.000 euros, según datos de la OCU. Este coste incluye ataúd, tanatorio, flores, transporte, cremación o entierro, y trámites administrativos.
Por este motivo, cada vez más familias eligen un seguro de decesos, que asume todos estos gastos y evita desembolsos imprevistos.
Preguntas frecuentes sobre el auxilio por defunción
1. ¿Se puede solicitar si el fallecido no cotizaba? No, el auxilio por defunción se concede solo si el fallecido estaba afiliado o percibía una pensión contributiva.
2. ¿Cuánto tarda en pagarse? El plazo medio de resolución es de uno a tres meses, dependiendo del centro de tramitación.
3. ¿Puedo solicitarlo si no soy familiar directo? Sí, siempre que acredites con facturas que tú pagaste el funeral.
4. ¿Tributa este auxilio en el IRPF? No, el auxilio por defunción está exento de impuestos.
5. ¿Es compatible con un seguro de decesos? Sí. Si tienes un seguro, puedes recibir el auxilio igualmente. La aseguradora se encargará de la gestión y lo descontará del coste total del servicio.
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