¿Cuándo el esposo muere, la pensión pasa a la esposa?

En España, la pensión de viudedad es una prestación económica que tiene como finalidad proteger al cónyuge superviviente tras el fallecimiento de su pareja, asegurando su estabilidad económica.
Esta pensión la concede la Seguridad Social y se calcula en función de las cotizaciones y la base reguladora del fallecido. Si el esposo fallece, la esposa o pareja registrada puede acceder al cobro de esta pensión siempre que cumpla con los requisitos legales establecidos.
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¿Qué derechos tiene la esposa cuando fallece el esposo?
Al fallecer el esposo, la esposa o pareja de hecho tiene reconocidos los siguientes derechos:
- Pensión de viudedad, si el fallecido estaba afiliado o cobraba una pensión.
- Derecho de usufructo de vivienda, que puede garantizar el uso del domicilio familiar.
- Acceso al seguro de vida o de decesos, si existía una póliza contratada.
- Derechos sucesorios, según lo dispuesto en el testamento o en el Código Civil.
- Participación en cuentas bancarias conjuntas o bienes gananciales.
Estos derechos pueden variar según el tipo de matrimonio (civil o religioso), si existía pareja de hecho registrada y la situación laboral del fallecido.
¿Cuánto dura la pensión de viudedad?
La pensión de viudedad es vitalicia, es decir, se cobra de por vida. Sin embargo, puede perderse o suspenderse si la persona beneficiaria contrae matrimonio o forma una nueva pareja, salvo en casos especiales:
- Si tiene más de 61 años o discapacidad del 65 % o superior.
- Si la pensión es su único ingreso económico.
- Si sus ingresos anuales no superan los 7.569 €.
En estos supuestos, la Seguridad Social permite conservar la pensión incluso tras un nuevo matrimonio.
¿Qué porcentaje de la pensión corresponde a la esposa?
De forma general, la pensión de viudedad equivale al 52 % de la base reguladora del fallecido. No obstante, el porcentaje puede aumentar en determinadas circunstancias:
| Situación | Porcentaje aplicable |
|---|---|
| Pensión general de viudedad | 52 % |
| Viuda mayor de 65 años sin otros ingresos | 60 % |
| Viuda con cargas familiares o hijos a cargo | Hasta 70 % |
Estos incrementos se aplican únicamente si se cumplen los requisitos económicos y familiares establecidos por la Seguridad Social.
¿Cómo solicitar la pensión de viudedad?
Para tramitar la pensión de viudedad en España, la esposa debe seguir los siguientes pasos:
-
Obtener el certificado de defunción. Se solicita en el Registro Civil o a través de la funeraria.
-
Reunir la documentación necesaria:
- DNI de la solicitante.
- Certificado de matrimonio o pareja de hecho.
- Certificado de empadronamiento.
- Libro de familia (si hay hijos comunes).
- Número de cuenta bancaria.
-
Presentar la solicitud:
- En las oficinas de la Seguridad Social, con cita previa.
- O a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
-
Esperar la resolución. El plazo de respuesta suele ser de 30 a 90 días.
Una vez aprobada, el pago se realiza de forma mensual, con 14 pagas anuales (incluyendo dos extras).
¿Qué pasa con la pensión si la esposa también fallece?
Si la esposa fallece siendo beneficiaria de la pensión, la prestación no se hereda, ya que está vinculada a su condición de viuda. Sin embargo, si había hijos menores o con discapacidad, pueden tener derecho a la pensión de orfandad, que se solicita por separado ante la Seguridad Social.
¿Quién cobra la pensión de un fallecido?
La pensión de un fallecido la cobra el beneficiario legal, que normalmente es:
- El cónyuge superviviente.
- La pareja de hecho registrada, si se acredita convivencia estable.
- Los hijos menores de 21 años o mayores con discapacidad (en concepto de pensión de orfandad).
Si existían otros beneficiarios designados en seguros privados, la compañía aseguradora gestionará los pagos correspondientes según el contrato.
Preguntas frecuentes sobre la pensión de viudedad
1. ¿Qué ocurre si el matrimonio duró poco tiempo? Se exige una duración mínima de un año de matrimonio o tener hijos en común para poder acceder a la pensión.
2. ¿Puede cobrar la pensión la pareja de hecho? Sí, siempre que la relación esté registrada oficialmente y se acredite una convivencia mínima de 5 años.
3. ¿Cuánto tarda la Seguridad Social en conceder la pensión? El plazo habitual es de uno a tres meses, dependiendo de la carga administrativa.
4. ¿Se puede cobrar la pensión de viudedad y la jubilación a la vez? Sí. Ambas prestaciones son compatibles, aunque pueden afectar el cálculo del IRPF anual.
5. ¿Qué ocurre si el fallecido nunca cotizó? No se genera derecho a pensión contributiva, pero la viuda puede solicitar una pensión no contributiva si cumple los requisitos de ingresos.
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