¿Qué significa tener el usufructo vitalicio?

El usufructo vitalicio es el derecho de usar y disfrutar bienes ajenos durante toda la vida sin ser su propietario, siempre que se conserven en buen estado. Esta figura es habitual en herencias y testamentos, especialmente entre cónyuges o familiares cercanos.
Si estás planificando tu patrimonio o gestionando una herencia, conviene comparar tu seguro de decesos para contar con asistencia jurídica y económica que simplifique todos los trámites.
¿Qué es el usufructo y qué ejemplos hay?
Según el artículo 467 del Código Civil, el usufructo otorga el derecho a disfrutar bienes ajenos con la obligación de conservarlos. A diferencia de la propiedad, el usufructuario no puede vender ni disponer del bien, aunque sí aprovechar sus frutos o rentas.
Ejemplos comunes:
- Vivienda: el usufructuario puede vivir o alquilar la casa mientras asume el mantenimiento ordinario.
- Inversiones: puede cobrar intereses o dividendos, aunque la titularidad sea de otro.
- Vehículo: puede usarlo y mantenerlo en buen estado.
- Obra de arte o finca: puede exhibir o explotar el bien, sin ser su dueño.
¿Qué beneficios ofrece un usufructo vitalicio?
- Permite usar y disfrutar un bien sin ser propietario.
- Garantiza seguridad de uso de por vida.
- Posibilita recibir rentas (por alquiler o rendimiento financiero).
- Evita disputas familiares cuando se reparte la nuda propiedad.
- En herencias, protege al cónyuge viudo al mantener el uso de la vivienda familiar.
Derechos del usufructuario
- Usar y disfrutar del bien (vivir en él, arrendarlo o explotarlo).
- Cobrar rendimientos o frutos derivados (rentas, intereses, cosechas).
- Ceder o arrendar su derecho de usufructo, si no está prohibido.
- Exigir al nudo propietario la realización de reparaciones extraordinarias.
- Mantener el uso vitalicio, salvo renuncia o incumplimiento grave.
Obligaciones del usufructuario
- Conservar el bien y mantenerlo en buen estado.
- Asumir gastos ordinarios (IBI, comunidad, suministros).
- Hacer inventario y, si se requiere, prestar fianza.
- Devolver el bien al término del usufructo.
- No alterar ni vender la propiedad sin consentimiento.
¿Se puede vender una propiedad con usufructo?
Sí, pero con limitaciones:
- El nudo propietario puede vender su parte, pero el comprador adquiere el bien sujeto al usufructo.
- El usufructuario puede vender o ceder su derecho, aunque este se extinguirá con su fallecimiento.
- La plena propiedad solo se recupera cuando se reúnen usufructo y nuda propiedad en una misma persona.
¿Cómo se extingue el usufructo vitalicio?
- Por fallecimiento del usufructuario.
- Por renuncia voluntaria.
- Por pérdida del bien usufructuado.
- Por consolidación (cuando se unen propiedad y usufructo).
- Por incapacidad o incumplimiento del usufructuario.
- Por plazo, si el usufructo es temporal.
¿Quién puede otorgar un usufructo vitalicio?
- El propietario del bien (por contrato, donación o testamento).
- La ley, en casos como el usufructo vidual del cónyuge.
- Un juez, mediante resolución judicial.
- Un fideicomiso o herencia, mediante disposición testamentaria.
Fiscalidad del usufructo vitalicio
-
Valoración fiscal: 70 – edad del usufructuario (mínimo 10 %, máximo 70 %). Ejemplo: si el usufructuario tiene 72 años y el bien vale 300.000 €, el valor fiscal del usufructo será 30.000 €.
-
Impuestos:
- En herencias, tributa en el Impuesto de Sucesiones.
- Los rendimientos (alquileres o intereses) los declara el usufructuario en su IRPF.
- El IBI y gastos ordinarios corren a su cargo.
Preguntas frecuentes sobre el usufructo vitalicio
¿Puede el usufructuario alquilar la vivienda? Sí, puede hacerlo y cobrar la renta mientras conserve el derecho de usufructo.
¿Quién paga las reparaciones o impuestos? El usufructuario paga los gastos ordinarios; el nudo propietario, las reparaciones estructurales o extraordinarias.
¿Se puede embargar un bien con usufructo? El usufructo es embargable, pero solo sobre el derecho del usufructuario, no sobre la propiedad.
¿Qué ocurre al fallecer el usufructuario? El usufructo se extingue automáticamente y el nudo propietario recupera la plena propiedad.
¿Se puede vender un usufructo? Sí, pero su duración sigue siendo vitalicia y termina al fallecer el usufructuario.
Compara tu seguro de decesos y accede a pólizas que incluyen asesoría legal, gestión de herencias y cobertura integral de gastos funerarios.